¿Cómo factura un escritor su libro sin ser autónomo?

Obligaciones fiscales para escritores
Carlos Torres
Carlos Torres
Más de cinco años en el sector editorial. Se encargará de ofrecerte el mejor asesoramiento para publicar tu libro.
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La publicación de un libro es solo el primer paso, después llegan las ventas de la obra. Y, como de todo ingreso que reciba una persona, Hacienda está al tanto del mismo. Los autores también están sometidos a control fiscal y los escritores han de pagar los correspondientes impuestos derivados de estos rendimientos económicos. Estar al tanto de estas obligaciones es importante pare cumplir con las mismas.

¿Cómo es la fiscalidad del escritor? ¿Cuáles son sus obligaciones con Hacienda? ¿Qué impuestos tienen que pagar los autores? ¿Cómo tiene que tributar un escritor con hacienda? En ExLibric vamos a contestar a estas preguntas para que en ningún momento tengas dudas al respecto y, lo más importante, que no te lleves malas sorpresas en este sentido.

¿Qué impuestos paga un escritor en España?

Los impuestos que debe pagar un escritor guarda relación con dos aspectos fundamentales: la cantidad de dinero que recibe de los derechos de autor de su libro y el método que haya elegido para la comercialización de la obra. En este punto hay que tener en cuenta el cambio que llegó en 2019 con la aprobación del Estatuto del Artista, que cambió la situación fiscal de los creadores de contenido.

Tal y como indica el Libro en blanco del escritor, el cambio más importante que trajo es el régimen regulatorio fiscal que tenía en cuenta las características del trabajo artístico, un sector que se caracteriza por la intermitencia de los ingresos, la heterogeneidad y la inestabilidad. Hay que tener en cuenta que no todos los autores perciben las mismas cantidades de dinero por las ventas de su obra y no todos viven de las regalías.

De este modo, para saber los impuestos que debe pagar un autor, habrá que atender a su situación profesional y la medida en la que las ventas de sus libros forman parte de sus ingresos:

Aplicables a escritores de autoedición y edición tradicional

Escritores profesionalesEscritores no profesionalesEscritores jubilados
No realizan otra actividad distinta a la escritura, tienen ingresos periódicos y que alcanzan o superan el SMI gracias a las ventas de sus obrasLos ingresos de sus ventas no alcanzan el SMI y no suelen ser ingresos habituales. Compaginan su labor de escritor con empleos por cuenta ajena o vinculados con la administraciónAdemás de la pensión que cobran por su jubilación, reciben ingresos por la venta de sus libros.

Si los derechos de autor proveen  una cantidad igual, o superior, al SMI (Salario Mínimo Interprofesional 965 euros, a fecha de octubre de 2021), las obligaciones fiscales del escritor serán diferentes a las de aquellos que no alcancen esta cifra. En cualquier caso, los ingresos procedentes de este apartado serán tenidos en cuenta como el sueldo que percibe un trabajador.

Eso sí, todo ello siempre y cuando el escritor haya cedido los derechos de distribución y venta a la editorial, o plataforma de publicación. En el caso de que el autor asuma este papel, y sea él quien comercialice sus obras a través de una página web, o un establecimiento propio. En este caso será escritor quien deba hacerse cargo de otras cargas fiscales relacionadas con los ingresos que genere su libro, en concreto del IVA. De esta forma:

Fiscalidad de la venta de libros para un autor:

  • Autores que ceden sus derechos de venta y distribución: Estos autores están exentos de pagar el IVA, será la editorial, o plataforma de venta, quien declare y pague dicho impuesto.
  • Autores que distribuyen y venden sus obras: En estos casos es el autor quien debe declarar y pagar el IVA.

¿Se puede vender libros sin ser autónomo?

No es necesario darse se alta como autónomo para vender libros Eso sí, es importante que tengas en cuenta dos aspectos. En primer lugar, la regularidad con la que se perciben los ingresos derivados de las ventas de la obra y, por el otro, la cantidad de dinero percibida. Estos dos detalles serán los que determinen cuándo es pertinente.

¿Cuándo debe darse de alta un escritor como autónomo?

El Estatuto del Artista, aprobado en 2019, reconoce que la actividad económica del creador de contenidos está marcada por la inestabilidad. Esto quiere decir que no todos los meses se perciben los mismos ingresos, de hecho es habitual incluso que haya periodos en los que algunos escritores no vendan libros.

Condiciones fiscales para escritores
Obligaciones fiscales para un escritor autónomo

Por ello, te recomendamos, que si no percibes ingresos regulares por las ventas de tu libro, no te des de alta como autónomo. Ya que en este caso no se considera que la fiscalidad del escritor se relacione con una actividad económica literaria. En otras palabras, no se puede considerar que la profesión de un autor sea la venta de ejemplares hasta que la percepción e dinero, a través de esta vía, sea habitual.

Tampoco será necesario darse de alta como autónomo si los ingresos por ventas del libro NO igualan, O SUPERAN al Salario Mínimo Interprofesional, (recordemos, 965 euros, a fecha de octubre de 2021).

¿Es compatible ser escritor autónomo con un trabajo por cuenta ajena?

Si, cualquier persona puede mantener un trabajo por cuenta ajena, o mantener una relación laboral con la Administración, y percibir ingresos derivados de la venta de los libros. Simplemente hay que tener en cuenta si el dinero que se ingrese gracias a esta actividad económica es igual, o superior, al Salario Mínimo Interprofesional. En este caso, será necesario que el escritor se dé de alta como autónomo.

¿Puede un escritor jubilado cobrar derechos de autor?

La aprobación del Real Decreto 302/2019, de 26 de abril indica que cualquier jubilado puede cobrar su pensión y, al mismo tiempo, la cuantía correspondiente a sus derechos de autor. “con el fin de evitar que el creador deba elegir entre percibir su pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social o continuar con su actividad de creación artística, se regula, con fundamento en el apartado 1 del artículo 213 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, la compatibilidad entre la percepción de la pensión contributiva de jubilación del sistema de la Seguridad Social y los ingresos obtenidos por la realización de cualquier actividad de creación artística que genere derechos de propiedad intelectual”.

Antes de la aprobación de esta norma era necesario que los escritores jubilados decidieran qué fuente de ingresos preferían. Ahora, siempre y cuando estas personas no desarrollen un trabajo por cuenta ajena, o por cuenta propia que diera lugar a su inclusión en el campo de aplicación del Régimen General o de alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social, ambas prestaciones son compatibles.

Pueden cobrar pensión y derechos de autor si:

  • No realizan otros trabajos por cuenta ajena, o por cuenta propia
  • No realizan actividad económica que de lugar a su inclusión en alguno de los regímenes dela Seguridad Social

¿Cómo se tributan las ventas de mi libro?

Para saber cómo tributar las ventas obtenidas por un libro, y atender a las obligaciones fiscales que Hacienda impone a los escritores, es necesario tener en cuenta diversos escenarios como la frecuencia con la que se obtienen los ingresos, la cantidad que estos suponen y la cesión de los derechos que cada autor haya hecho en relación a su obra.

Fiscalidad por la venta de libros (Declaración a Hacienda España)

Para saber cómo deben tributarse los ingresos de un libro, el escritor debe valorar si percibe dinero de forma habitual como parte de los derechos de autor. También debe tenerse en cuenta si el total obtenido mediante esta vía es igual, o superior, al Salario Mínimo Interprofesional.

En caso contrario, que los ingresos derivados de la venta de un libro no sean regulares, o no alcancen la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional, el escritor puede tributar estas cantidades como rendimientos de actividades económicas.

Pero sí los ingresos que generan las ventas del libro son habituales igualan, o superan, el Salario Mínimo Interprofesional, será necesario darse de alta como autónomo ya que Hacienda entiende que existe una renta básica en estos escritores, por lo que tendrán que cumplir con ciertas obligaciones fiscales derivadas de esta situación:

  1. Pago del IRPF: En el caso de los trabajadores autónomos , existen dos formas de pagar el Impuesto sobre la Reta de las Personas Físicas, IRPF:
    • Estimación objetiva. También conocida como estimación por Módulos y que conlleva la presentación del modelo 131 de pago fraccionado del IRPF (cuatro pagos trimestrales)
    • Estimación directa. En este caso el modelo a presentar es el 130 y se realiza un cálculo directo sobre el resultado de la actividad. Se trata de una declaración trimestral en la que se tiene en cuenta la diferencia entre ingresos y gastos. Hay dos subtipos: normal (autónomos que facturen más de 600.000 euros anuales) y simplificada (autónomos que facturen menos de 600.000 euros anuales.
  2. IVA. En este caso, el pago del IVA: Correspondería a los autores que se hayan reservado los derechos de comercialización de su libro. En el caso de las obras literarias se aplica el superreducido (4%).

¿Cuál es el IVA del libro en territorio español?

IVA aplicado al libro por la venta de un libro

Desde el 23 de abril de 2020 el IVA de los libros, tano físicos como digitales es del 4%. Así lo indica el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

Así queda redactado:

«Los libros, periódicos y revistas digitales, a través de una disposición final se reduce al 4 por ciento el tipo impositivo aplicable a los mismos, a la vez que se elimina la discriminación existente en materia de tipos impositivos entre el libro físico y el libro electrónico.»

Se entenderá que los libros, periódicos y revistas contienen fundamentalmente publicidad cuando más del 90 por ciento de los ingresos que proporcionen a su editor se obtengan por este concepto”.


Co
men
tarios

59 comentarios

    1. Buenas tardes, tengo mi obra ya registrada en el deposito legal y he solicitado el ISBN ,tendría que darme de alta como autor o algo así para poder vender el libro en páginas web o papelerías, lo he autopublicado y no soy autónomo .
      Gracias.

  1. Si soy pensionista y tengo que facturar los derechos de autor para que me los paguen, tengo que darme de alta en autónomos? Y si es así, es compatible con la pensión?

  2. Muchas gracias por el artículo, ha aclarado la mayoría de mis dudas. Tan solo preguntar:
    -Publiqué un cuento con una editorial (autofinanciado), ¿debo declarar en Hacienda?
    -Por otro lado, dejé 10 libros en una librería de mi zona, quiero donar la ganancia de esos libros a una Asociación de niños con cáncer, ¿ debo hacerles factura?
    ¿Cómo demuestro que ese dinero va a ser donado?
    ¡Muchas gracias de antemano!

    1. Hola, Patricia. Respondiendo a sus preguntas:

      -Sí, debe declarar los beneficios que haya obtenido de estas ventas
      -Debe hacer algún documento en el que se justifique dicha donación a la asociación. Seguro que en esta asociación pueden emitirle algún justificante de pago que luego puede adjuntar en su declaración de Hacienda.

  3. Fantástica explicación.
    Muchas gracias por compartirla, resulta muy esclarecedora, aún así, tengo una duda que expongo a ver si me la puede resolver:

    En este punto dice:
    «Fiscalidad por la venta de libros (Declaración a Hacienda España)
    Para saber cómo deben tributarse los ingresos de un libro, el escritor debe valorar si percibe dinero de forma habitual como parte de los derechos de autor. También debe tenerse en cuenta si el total obtenido mediante esta vía es igual, o superior, al Salario Mínimo Interprofesional.

    En caso contrario, que los ingresos derivados de la venta de un libro no sean regulares, o no alcancen la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional, el escritor puede tributar estas cantidades como rendimientos de actividades económicas»

    Según lo anterior, entiendo que en el caso de vender pocos libros al mes y no tratándose de mi actividad principal, ni superando el SMI por su venta, únicamente tendría que declarar ese beneficio a la hora de hacer la declaración de la renta. Sería esa la única obligación.
    En cambio, quienes superen el SMI si que tendrían que darse de alta de autónomos, declarar el IVA y el IRPF.

    Confírmeme por favor si lo he entendido bien y por tanto mi obligación (en mi situación) se limitaría a plasmar la ganancia en la declaración de la renta.
    Y en ese caso, ¿me podría indicar también la casilla?

    Muchas gracias de nuevo.

    1. Hola Sergio, creemos que lo más adecuado para resolver esta duda es que se ponga en contacto con nuestro derpartamendo editorial o tratarlo directamente con un asesor fiscal

  4. Para hacerse autónomo los beneficios tienen que superar el SMI pero el valor mensual ? Es decir si en un año obtengo un beneficio total de 1.500€ tendría que hacerme autónomo ? .
    Gracias

  5. Hola, tengo un libro que cuesta 15€ PVP (IVA incluido). en la factura a la libreria le quito el 40% que hemos negociado como comisión. ¿y le debo quitar también el 4% de IVA?. Muchas gracias.

    1. Hola, gracias por excelente artículo.
      Tengo una duda, publicaré con una editorial y me adelantarán 1500 euros, no soy autónoma, trabajo para una empresa.
      Cómo tendría qué facturar, con IVA al 4%?
      Tendría q darme de alta de autónoma?
      Gracias de antemano.
      Un saludo

      1. El SMI es de 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas. Si el pago es d 1.500€ nada más, esa cifra no se alcanza.

        En cuanto a las facturas del IVA, siempre que no se supere el SMI puede hacerlo sin estar dada de alta en el RETA. Pero sí en el correspondiente registro de actividades, rellenando para ello los modelos 036, o 037, en Hacienda.

  6. Buenas tardes , mi sobrina menor de edad ha publicado un cuento .Cuando le factura a la editorial si se que esta exenta de IVA ,pero ahora le ha surgido vender unos 10 libros a un colegio ,entiendo que esa factura ha de llevar el 4% de IVA y declararla en renta ,pero ha de darse de alta en Hacienda en el modelo 037?
    Gracias

      1. Buenas tardes.
        Soy funcionario público y me ha ofrecido una editorial colaboración para la realizacion de temas y/o actualización de temarios sobre oposiciones .
        Tengo poco conocimiento de ello y quisiera saber si dada mi condición de funcionario puedo realizar está actividad sujeta a el contrato de edicion de múltiples obras y de colaboración en obras compuestas.
        Gracias

  7. Buenos días,
    Soy funcionaria y una editorial me ha propuesto publicar un material de oposición actualizado. Teniendo en cuenta el régimen de compatibilidad de los funcionarios, ¿ puedo publicar dicho material ?

    Muchas gracias.

      1. Hola
        He dejado un libro en depósito y me han dicho que para hacerlo bien, a la hora de liquidar tiene que ser con factura.
        En mi caso y según lo expuesto arriba, no soy autónomo, ni hace falta que lo sea, por vender cantidades minúsculas.

        En ese caso, ¿Cómo hago factura sin ser autónomo? ¿Alguna sugerencia?

        ¿O puede que la librería estuviera en un error y realmente no haga falta la factura?

        A ver sie ayudáis con mis dudas
        Gracias de antemano

  8. Hola! Un colegio quiere comprar 70 ejemplares de mi libro (que han pedido los padres). En principio, compraré las copias de autor a coste de impresión y se los venderé pro un precio de 8 euros cada libro. Mi duda.. Quieren una factura, han dicho que puede ser algo informal.. Solo decirles mi nombre, NIE, dirección, la cantidad etc para que me hagan la transferencia. Me tengo que darme de alta en hacienda?

  9. Buenas tardes! He autopublicado una novela. Ya la he dejado en depósito en dos librerías y las ventas están siendo satisfactorias, pero estoy hecho un mar de dudas referentes a la facturación. Con los libreros he llegado al acuerdo de que se quedan con el 30% de lo que vendan, pero ¿y el IVA, me lo tienen que pagar para ingresarlo yo en la declaración trimestral? Gracias y un saludo!

    1. Eso sería lo más recomendable, si se lo cobra a ellos.
      En caso contrario, se entendería facturado a partir del ingreso generado a través de la librería, cobrado por ella y facturado en su correspondiente declaración.

      1. Me encuentro en la misma situación. Qué debo hacer para emitir facturas, ya que las librerías me las solicitan ?
        Se que puedo hacerlo sin ser autónomo, pero he de ir a la Tesorería de la Seguridad Social.
        Qué he de solicitar ?
        Tendré que hacer la declaración trimestral de IVA ?

  10. Buenas noches.
    Gracias por la información, interesado en publicar mis poemas, esperando que sean del agrado de la Editorial.
    Saludos desde mi Ecuador.

  11. Hola
    He dejado un libro en depósito y me han dicho que para hacerlo bien, a la hora de liquidar tiene que ser con factura.
    En mi caso y según lo expuesto arriba, no soy autónomo, ni hace falta que lo sea, por vender cantidades minúsculas.

    En ese caso, ¿Cómo hago factura sin ser autónomo? ¿Alguna sugerencia?

    ¿O puede que la librería estuviera en un error y realmente no haga falta la factura?

    A ver sie ayudáis con mis dudas
    Gracias de antemano

  12. Buenas tardes

    Tengo previsto autopublicar un libro, encargádolo en una imprenta. Trabajo por cuenta ajena y no tengo previsto superar el SMI. Agradezco mucho la información suministrada pero aún tengo algunas dudas. Les agradecería ayuda al respecto.
    ¿Cuando venda un libro debo añadir el 4% de IVA y emitir factura?
    ¿Ese IVA cargado en la venta tengo que declararlo cuando corresponda?
    ¿Si dejo en depósito libros en una librería, he de hacerlo como si se los vendiera, con la correspondiente factura con IVA (4%)?
    ¿He de publicar mi libro con ISBN y enviar copias a la Biblioteca Nacional?

    Saludos.

    1. En respuesta a sus preguntas:
      ¿Cuando venda un libro debo añadir el 4% de IVA y emitir factura? Así es
      ¿Ese IVA cargado en la venta tengo que declararlo cuando corresponda? Ambas opciones son válidas
      ¿Si dejo en depósito libros en una librería, he de hacerlo como si se los vendiera, con la correspondiente factura con IVA (4%)? Correcto
      ¿He de publicar mi libro con ISBN y enviar copias a la Biblioteca Nacional? Es lo recomendable para evitar, en el futuro, problemas relacionados con el registro de la obra. Las copias se enviarían al depósito legal.

      Si tiene más dudas, puede preguntar a nuestro equipo de editores en exlibric@exlibric.com (son tan buenos que igual hasta termina publicando con nosotros)

  13. hola, soy jubilado, he escrito , seis libros , y para editar me piden de 400 a 500 euros, eso ami no me interesa , ¿como puedo publicar sin costo por mi parte? por otra parte, ¿ustedes corigen uno de mis libros con el manuscrito por delante , ya que dondetengo recogido la literatura de los libros en un pendribe lo he perdido? ¿y que debo de hacer para publicar con ustedes? gracias

    1. Hola, Juan.
      Para publicar con nosotros debe mandarnos su manuscrito a exlibric@€exlibric.com para que pueda ser valorado por el departamento editorial y decidir si se ajusta a nuestros criterios de publicación. De ser así, entre nuestros servicios también ofrecemos el de corrección de manuscritos y revisión ortotipográfica.

      Un saludo, quedamos a la espera de noticias por su parte.

      1. Buenos días,
        Al contactar con una distribuidora del mundo editorial para venderle mis libros me piden factura.
        La cantidad para la venta es ínfima en relación al salario mínimo interprofesional y tampoco para mi es ingreso periódico. Por lo que entiendo no es necesario darme de alta como autónomo. Entiendo que debo declarar mis ingresos en la declaración de la renta. Pero, puedo hacer factura sin estar dado de alta como autónomo?
        Un saludo

        1. Buenos días, Isabel.

          Efectivamente, esa factura debe hacerla como autónoma. No en relación con los ingresos, sino porque se trata de un servicio que ha contratado como ‘empresa’ (su propia marca como autora). Si lo prefiere, puede pedirle a su editorial que se encargue de este asunto.

          Un saludo

  14. Hola, estoy percibiendo una pensión no contributiva por invalidez. Esta tarde mis temores se han confirmado cuando he leído las compatibilidades de las pagas no contributivas de invalidez con las regalías, que tendrían que declararse como rendimiento del trabajo personal.
    Resulta que son compatibles durante un periodo de 4 años y luego si se sigue percibiendo estos rendimientos de trabajo se pierde la paga de minusvalía.
    Estaba pensando en publicar una novela o dos para no hacerlas muy largas; todavía no están terminadas. Pero después de esto no me animo. Publicar un libro es una lotería; no sabes qué acogida va a tener entre el público; no hay garantía de que lo vayas a vender bien ni por cuánto tiempo. Es posible que se perciba una cantidad pequeña durante varios años, pero no puedes saber cuanto. Te exigen que comuniques en un plazo de 30 días si tu situación económica ha cambiado. Bueno, te exigen que les digas propiamente dicho lo que vas a cobrar cuando tú no tienes ni idea. Y luego, para colmo, si percibes más de cuatro años seguidos, esos rendimientos de trabajo (regalías) te quedas sin la paga de invalidez, aunque cobres 5 euros al mes por las ventas del libro.
    Mis problemas de salud me impiden trabajar, no puedo hacer según que cosas ni tener un horario de trabajo. Y ahora que estaba ilusionada con el proyecto de mi novela, que estoy escribiendo a ratitos cuando mi salud me lo permite, resulta que no la voy a poder publicar para intentar paliar un poco mi economía que anda muy escasa. Necesito saber si hay algo que se pueda hacer para no perder la paga y publicar mi novela.
    Saludos.

  15. Estoy cobrando el paro y pronto si no se arregla la cosa, algun tipo de ayuda … puedo publicar libros en plataformas (si supero el smi, debo hacerme autónoma lo tengo claro). Habria consecuencias o puedo justificar q no llega el smi, gracias .

  16. Acabo de escribir un libro, tengo constituida una comunidad de bienes con mi marido, podríamos hacer la edición y la venta a través de la comunidad de bienes o lo tendría que hacerlo yo directamente.? Muchas gracias

  17. He publicado un par de cuentos en Amazon a través de Kindle Direct Publishing, que ellos se encargan de la impresión y todo eso. No creo que llegue al SMI en un millón de años pero, es necesario darse de alta en hacienda y hay que declararlo igualmente aun sin ser autónomo? Y de ser así, qué epígrafe habría que usar?

  18. Tengo un libro autoeditado pero con editorial (yo mantengo los derechos y pagué la edición). Fui a un asesor y me recomendó darme de alta como autora y editora. As de cara a venderlo en librerías í lo hice y tengo que hacer declaración de IVA trimestral). Tengo los libros en varias librerías y una de ellas me dice que en las facturas que les hago les pongo el descuento del IRPF y que en librerías no es así. Las demás librerías no me ponen pegas. Pregunté al asesor y me dijo que si no lo ponía era yo quien cometía el error y las consecuencias. Llamé a Hacienda y me confirmaron que tengo que poner IRPF. Me volvieron a poner pegas por la última factura (por 2 ejemplares que vendieron). Mi duda es si es cierto y no debo poner IRPF, además del Iva, o si tengo que ponerlo quieran o no. Las ventas son pequeñas residuales, unos pocos ejemplares por trimestre. La mayor parte la vendí en una campaña de crowfunding que hice al editarlo hace 2 años. Gracias.

  19. Buenas noches. Acabo de escribir un libro y ya está publicado. Me dicen que no es necesario que me dé de alta como autónoma al principio aunque si me han dicho que es obligatorio declarar. Y resulta que el otro día una asesora me dijo que si los vendía a particulares, que posiblemente no hacía falta meterlo, y en cambio a empresas sí.
    Es la primera vez que hago una declaración de la renta con un libro.
    ¿Es obligatorio declarar las ventas de un libro tanto a particulares como a empresas?

  20. Buena tardes. Estoy cobrando una pensión por incapacidad permanente absoluta y me han ofrecido escribir un libro y la editorial me daría mínimo el 25% de las ventas, que yo voy donar directamente a la asociación de Parkinson .
    Dos preguntas, ¿puedo escribir y publicar teniendo una incapacidad permanente absoluta? Lo que gane, que será donado directamente, me obligan a hacer declaración de la renta de lo que estoy exenta por no descontarme IRPF, cobro el 100% de la base de cotización que es la pensión máxima en caso.
    Muchas gracias por adelantado

  21. Tengo para editar y publicar un libro titulado «La pesca con caña a corcho en las costas norte y noroeste peninsulares» que consta aproximadamente de 180 páginas y que contiene 16 dibujos y cuadros en blanco y negro, 339 cuadros e imágenes a color, portada y contraportada a color y 6 hojas en color azul a dos caras con letras en blanco del Título y los Capítulos. Quisiera saber si están interesados en publicarlo y venderlo y que tanto por ciento me quedaría a mí.
    Soy de sobra conocido en toda la cornisa cantábrica y atlántica como pescador cualificado y ya me publicaron dos libros; uno de ellos se denominaba «La pesca con caña a corcho en la costa cantábrica» de 329 páginas y otro que era el mismo corregido y ampliado titulado «la pesca con caña a corcho en las costas norte y noroeste peninsulares» de 378 páginas. De ambos se vendieron 2000 ejemplares de cada uno que yo sepa y se agotaron en poco tiempo. En la actualidad sigo mandando gratis ejemplares en PDF a quien me lo pide.
    Tengo cantidad de contactos de pescadores de reconocido prestigio y blogs de pesca para promocionarlo. Soy jubilado, tengo 76 años y natural de Muskiz (Bizkaia).
    Muchas gracias por su atención y un saludo.

    *Puedo mandarles un ejemplar en pdf.

  22. «En caso contrario, que los ingresos derivados de la venta de un libro no sean regulares, o no alcancen la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional, el escritor puede tributar estas cantidades como rendimientos de actividades económicas».
    ¿Y esto cuanto viene a ser? ¿Qué porcentaje me quitan? ¿Cómo me lo cobran?

    1. A fecha de 2 de enero de 2024 el SMI es de 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas.

      El porcentaje que le quitarán tendrá en cuenta el beneficio obtenido de esta actividad económica, y se lo cobrarán en cada declaración que presente. Le recomendamos que si tiene en mente esta opción, y recibir ganancias por encima del SMI y hacerse autónomo, cuente con los servicios de un asesor/gestor.

  23. Hola!
    Una explicación muy completa pero tengo varias dudas.
    Yo he publicado mi libro en Amazon y además quiero venderlo en librerías, bibliotecas, salas de reuniones, ferias del libro, colegios y en todos los sitios en los que pueda, mi intención es poder vivir de mis libros de ahora en adelante. Me ha quedado claro que si no obtengo unos beneficios de forma regular con mis libros y no supero el SMI no es necesario que me dé de alta como autónoma pero tengo una duda sobre la Fiscalidad de los libros.
    Fiscalidad de la venta de libros para un autor:
    Autores que ceden sus derechos de venta y distribución: Estos autores están exentos de pagar el IVA, será la editorial, o plataforma de venta, quien declare y pague dicho impuesto.
    Autores que distribuyen y venden sus obras: En estos casos es el autor quien debe declarar y pagar el IVA.
    Fiscalidad por la venta de libros (Declaración a Hacienda España)
    Para saber cómo deben tributarse los ingresos de un libro, el escritor debe valorar si percibe dinero de forma habitual como parte de los derechos de autor. También debe tenerse en cuenta si el total obtenido mediante esta vía es igual, o superior, al Salario Mínimo Interprofesional.

    En caso contrario, que los ingresos derivados de la venta de un libro no sean regulares, o no alcancen la cantidad del Salario Mínimo Interprofesional, el escritor puede tributar estas cantidades como rendimientos de actividades económicas.

    Pero sí los ingresos que generan las ventas del libro son habituales igualan, o superan, el Salario Mínimo Interprofesional, será necesario darse de alta como autónomo ya que Hacienda entiende que existe una renta básica en estos escritores, por lo que tendrán que cumplir con ciertas obligaciones fiscales derivadas de esta situación:

    Pago del IRPF: En el caso de los trabajadores autónomos , existen dos formas de pagar el Impuesto sobre la Reta de las Personas Físicas, IRPF:
    Estimación objetiva. También conocida como estimación por Módulos y que conlleva la presentación del modelo 131 de pago fraccionado del IRPF (cuatro pagos trimestrales)
    Estimación directa. En este caso el modelo a presentar es el 130 y se realiza un cálculo directo sobre el resultado de la actividad. Se trata de una declaración trimestral en la que se tiene en cuenta la diferencia entre ingresos y gastos. Hay dos subtipos: normal (autónomos que facturen más de 600.000 euros anuales) y simplificada (autónomos que facturen menos de 600.000 euros anuales.
    IVA. En este caso, el pago del IVA: Correspondería a los autores que se hayan reservado los derechos de comercialización de su libro. En el caso de las obras literarias se aplica el superreducido (4%).
    DUDAS
    Según esto, de los libros que venda en librerías, bibliotecas y demás tengo que pagar el IVA, tengo que hacer facturas y entregarlas en estos lugares pero si con el total de ganancias de mis libros (Amazon, librerías, bibliotecas, ferias del libro y demás lugares) no llego al S.M.I. o no percibo unos ingresos regulares por la venta de mis libros ¿sólo tendría que declarar estas ganancias en la declaración de la renta, no?
    Otra pregunta si mi libro lo voy a vender en Amazon por 15,90 euros , en la factura que haga para las librerías y demás lugares, tengo que incluir el 4% de IVA?
    Otra pregunta un poco tonta, si vendo mi libro a 10 amigos distintos, a 10 vecinos distintos y a 10 familiares distintos, me compran cada persona un ejemplar, ¿tengo que hacerles a cada uno de ellos una factura?
    La última pregunta, si no llego al SMI y no me tengo que dar de alta como autónoma,¿ cómo puedo emitir facturas a las librerías y a particulares?
    Un saludo y gracias.

    1. En respuesta a sus dudas:

      «Según esto, de los libros que venda en librerías, bibliotecas y demás tengo que pagar el IVA, tengo que hacer facturas y entregarlas en estos lugares pero si con el total de ganancias de mis libros (Amazon, librerías, bibliotecas, ferias del libro y demás lugares) no llego al S.M.I. o no percibo unos ingresos regulares por la venta de mis libros ¿sólo tendría que declarar estas ganancias en la declaración de la renta, no?»
      Así es, Sonia. Tiene que emitir las correspondientes facturas para que el IVA de esos ejemplares quede liquidado. Al no superar el SMI, esas ganancias no tienen por qué aparecer en su declaración.

      Otra pregunta si mi libro lo voy a vender en Amazon por 15,90 euros , en la factura que haga para las librerías y demás lugares, tengo que incluir el 4% de IVA?
      Ese 15,90 debe recoger el IVA ya que será el PVP. En la factura a librerías deberá incluir el precio sin IVA y el precio de venta final que sí lo incluye, así como el tanto por ciento que se destina a este impuesto.

      Otra pregunta un poco tonta, si vendo mi libro a 10 amigos distintos, a 10 vecinos distintos y a 10 familiares distintos, me compran cada persona un ejemplar, ¿tengo que hacerles a cada uno de ellos una factura?
      En estos casos no es necesario.

      La última pregunta, si no llego al SMI y no me tengo que dar de alta como autónoma,¿ cómo puedo emitir facturas a las librerías y a particulares?
      La Agencia Tributaria permite emitir facturas sin necesidad de estar dado de alta siempre que te hayas dado de alta en registro de Actividades Económicas correspondiente y utilizando los modelos 036 o el 037, esto es diferente al alta en el RETA. También debe tener en cuenta que los emolumentos recibidos por esta actividad económica deben ser esporádicos y no ser una fuente de ingresos como pudiera ser un SMI

      Esperamos haber resuelto sus dudas.

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